UTD ingresó iniciativa de normas laborales para su discusión en la Convención Constitucional

11.02.22

UTD ingresó iniciativa de normas laborales para su discusión en la Convención Constitucional

Una iniciativa de norma constitucional que busca consagrar el derecho al trabajo, la libertad sindical, la negociación colectiva, el derecho a huelga y la participación de lxs trabajadorxs en las empresas, ingresó la agrupación sindical Unidad por Trabajo Digno (UTD) junto al convencional Roberto Celedón y el apoyo de otros nueve convencionales constituyentes. 

Al lograr diez firmas de patrocinio, la propuesta normativa de UTD pasará a ser discutida por la Comisión de Derechos Fundamentales en la etapa de trabajo de comisiones, durante el bloque temático 3 referido a derechos sociales (en los que está el derecho al trabajo). Luego del ingreso de indicaciones y la redacción de un texto fusionado, durante la segunda quincena de febrero se presentarán al pleno los informes para su deliberación y votación, de acuerdo al cronograma de trabajo de la Convención Constitucional.

“UTD propone la conformación de una Constitución Laboral que reúna los principios constitucionales que garanticen un Trabajo digno en la Nueva Constitución y que avance en el camino hacia la conformación de un Estado Constitucional, social y democrático que reemplace al Estado subsidiario impuesto por la Constitución de 1980”, señaló el dirigente de Conatracops e integrante de UTD, Sergio Pérez.

La dirigenta de la salud privada y parte de la agrupación UTD, Evelyn Rodríguez, explicó que el artículo 1 de la iniciativa de norma ingresada señala que la Constitución garantiza los siguientes derechos y libertades fundamentales laborales y sindicales: el primer precepto constitucional se refiere al derecho al trabajo y su protección, y el derecho a la igualdad y no discriminación en el trabajo. 

“El Estado debe promover las condiciones que hagan efectivo el derecho al trabajo, resguardando la estabilidad en el empleo, la eliminación de toda forma de discriminación, especialmente en materia de remuneraciones entre mujeres y hombres, la capacitación profesional y técnica y la permanente educación de lxs trabajadorxs, así como la protección ante el desempleo”, se señala en el primer inciso.

El segundo precepto constitucional está referido al derecho a sindicalización, libertad y autonomía sindical, explicó la dirigenta de lxs trabajadorxs gráficos e integrante de UTD, Viviana Catalán, donde se señala que “lxs dirigentxs sindicales podrán optar libremente a cargos de elección popular, siendo sólo incompatible el ejercicio de ambos al mismo tiempo”.

En el tercer inciso sobre el derecho a negociación colectiva se explicita que las organizaciones sindicales tendrán la titularidad sindical para negociar colectivamente, lo que podrá ser por empresa, interempresas, grupos económicos, por ramas de actividad económica, por territorios o nivel nacional e internacional.

Prohibición reemplazo en huelga

En relación al cuarto precepto constitucional sobre el derecho a huelga se propone la prohibición del reemplazo de trabajadorxs en huelga o de la empresa de trabajadores en huelga. La excepción estaría planteada por la ley “que podrá autorizar, respecto de empresas o instituciones que presten servicios esenciales en el ámbito de la vida, la salud o seguridad de la población, que se establezcan servicios mínimos indispensables y estrictamente necesarios  para evitar una afectación a esos derechos”.

La iniciativa de norma incluye el derecho a la seguridad social en el inciso 5, así como la participación de lxs trabajadorxs en el directorio de la empresa en el precepto constitucional 6 del articulado, siendo la ley la que establezca el procedimiento de designación del o los representantes de lxs trabajadorxs, con una participación de, al menos, 20%.

En materia de tutela administrativa de derechos laborales (inciso 7), se propone un organismo autónomo de fiscalización; y sobre su tutela judicial (inciso 8), se incluye la posibilidad de recurrir a la Corte de Apelaciones respectiva, por actos u omisiones arbitrarios o ilegales que generen privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de derechos y garantías constitucionales.

La indicación de norma para una Constitución Laboral de UTD fue patrocinada por lxs convencionales Roberto Celedón, Elsa Labraña, Valentina Miranda, Bárbara Sepúlveda, Mariela Serey, Giovana Grandón, María Rivera, Eric Chinga, Natividad Llanquileo y Tania Madariaga.

Unidad por Trabajo Digno representa a más de 100 mil trabajadorxs del sector privado de servicios y reúne a sindicatos, federaciones y confederaciones del retail, supermercados, clínicas privadas, transporte de valores, telecomunicaciones, trabajadores gráficos, tratamiento de residuos domiciliarios, servicio postal,  afiliados a Uni Global .-